IVA para la comida rápida

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Los alimentos ya preparados a la que se le aplicará el 16% de IVA se encuentran en refrigeradores, contenedores especiales de las áreas de comida rápida en las llamadas tiendas de conveniencia, minisúper y tiendas de autoservicio.

El pasado 25 de junio 2015, se dio a conocer que a partir del 1 de julio del mismo año  la venta de alimentos preparados o denominados “comida rápida” será gravada con el 16% de IVA y quedan exentos del 8% del IEPS que se le aplica a la llamada comida chatarra.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) argumenta que el impuesto se aplica debido a que estos alimentos pueden prepararse por el propio consumidor o ser consumidos sin necesidad de someterse a otro proceso adicional.
“El efecto en la inflación se verá al cierre de julio. Si aumenta el IVA directamente el golpe en la demanda y las ventas será mayor, las empresas tendrían que hacer un ajuste del precio para cargarle una parte al consumidor y otra al productor”, comentó Ángel Iván Olvera director de la licenciatura en Economía y Finanzas del Tec de Monterrey, Campus Estado de México.

Burritos, emparedados, hotdogs, hamburguesa, tacos, chapata, gorditas, quedadillas, pizza, guisados, tortas, sopas instantáneas y hasta los tamales que se vendan en tiendas de conveniencia, minisúpers y supermercados estarán gravados con IVA de 16%.

Esta medida afecta directamente al segmento de población trabajadora, es decir, a la gente que se está moviendo todo el día.

Se ha cuestionado mucho sobre la consideración de bajar o eliminar el ISR, el impuesto directo sobre la ganancia obtenida; es decir, por la diferencia entre el ingreso y las deducciones autorizadas obtenido en el ejercicio fiscal. Este impuesto debe ser pagado de manera mensual; el cual se aplica sobre sueldo y salarios; arrendador (renta inmuebles); régimen de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales; régimen intermedio de las personas físicas con actividades empresariales; enajenación y compra de bienes; y régimen de incorporación fiscal. Lo anterior, como apoyo a la economía de la población.

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